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Objetivos y Funciones

Por ArtesanÍas de Colombia S.A. - Gerencia General

Artesano trabajando con la técnica de Barniz de Pasto
Trabajo en Barniz de Pasto - Imagen: Ricardo Duran

Artesanías de Colombia S.A., fundada en el año de 1964, tiene como objetivo principal incrementar la participación de los artesanos en el sector productivo nacional, logrando un desarrollo integral sostenido que se manifieste en el mejoramiento del nivel de vida, que se refleje tanto en un índice creciente de ingresos y espacios de participación social, como en una mayor productividad y posicionamiento de la artesanía en los mercados locales, regionales, nacionales e internacionales.

Objetivos

  • Consolidar la actividad artesanal como generadora de mejores empleos y mayores ingresos, incrementando su participación en la economía nacional.
  • Facilitar la comercialización de las artesanías a nivel nacional e internacional, acompañando a los productores y comercializadores para aumentar sus niveles de competitividad y su participación en el mercado.
  • Garantizar el intercambio de técnicas conocimientos y experiencias, que faciliten el
  • desarrollo artesanal de manera conjunta con entidades nacionales y extranjeras.
  • Mejorar los procesos tecnológicos, ampliando la fuente de conocimiento, generación y adecuación de nuevas tecnologías, preservando y mejorando las tecnologías propias, dentro de un marco de rescate, preservación y desarrollo de la artesanía como parte del patrimonio cultural.
  • Institucionalizar las políticas de desarrollo para el sector artesanal a nivel departamental y municipal.

Funciones

  • Comercializar a nivel nacional y primordialmente en el exterior productos artesanales y otros como parte de las actividades de fomento y desarrollo.
  • Prestar asistencia integral al artesano.
  • Ayudar al artesano en su organización, promoviendo la creación y formación de asociaciones, cooperativas, empresas y demás unidades comunitarias.
  • Obtener recursos nacionales o extranjeros a través de créditos y/o donaciones de personas, instituciones o gobiernos nacionales, extranjeros, para promover las acciones propias de la Entidad.
  • Conforme a la Ley constituir o hacer parte de sociedades, cooperativas, asociaciones y demás personas jurídicas con participación de personas privadas o públicas, nacionales y/o extranjeras destinadas a la promoción y/o mercadeo de productos artesanales y demás actividades mercantiles que puedan contribuir al desarrollo de la Empresa y del sector artesanal.
  • Unificar y coordinar esfuerzos y recursos de los sectores público y privado que se interesen por los artesanos y la artesanía para cumplir los fines de la Sociedad.
  • Construir y administrar en los territorios del país que se considere conveniente, centros establecimientos de comercio, sedes de formación, destinados a la promoción, comercialización, educación y mejoramiento de la industria artesanal.
  • Participar con la colaboración de organismos nacionales o internacionales, en la estructuración de políticas de desarrollo artesanal.
  • Brindar formación continuada directamente o en colaboración con entidades afines para buscar el desarrollo del sector artesanal.
  • En desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá celebrar toda clase de contratos, adquirir, conservar, gravar y enajenar toda clase de bienes que sean necesarios para el logro de sus fines principales: girar, aceptar, negociar, descontar toda clase de títulos, valores y demás documentos civiles y comerciales.
  • Ejecutar toda clase de actividades mercantiles con el fin de obtener ingresos para la Sociedad y a su vez permitir la promoción y desarrollo de los productos artesanales y cumplir con su objetivo social.
  • Programar y ejecutar políticas de crédito que favorezcan principalmente al sector artesanal.
  • Realizar actividades de fomento y educación con cargo a los recursos que le transfiera el Gobierno Nacional, o a donaciones de diversa índole, de modo que su presupuesto anual sea equilibrado en cada vigencia.
  • Cumplir con su objetivo social y con las obligaciones que las leyes le establezcan en beneficio del artesano.

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